Bases Legales Sorteo Pink Room
PRIMERA. Empresa responsable:
SINGULARU IDEAS A MEDIDA S.L. (en adelante SINGULARU) con domicilio en Calle Colón 20, Puerta 14. 46004, Valencia y CIF nº B98623937
SEGUNDA. Fecha y requisitos para su participación:
El plazo para participar en el sorteo se iniciará el día 01 de octubre de 2025 a las 09:00h horas y finalizará el día 3 de octubre a las 20 horas.
El ámbito de participación en el sorteo queda limitado a España (Península e Islas Baleares).
Únicamente podrán participar en el sorteo las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que participen en el sorteo organizado por SINGULARU en Instagram durante el periodo establecido en el párrafo anterior.
Se excluye de la participación a personas trabajadoras de SINGULARU y empresas participadas, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, así como al cónyuge o pareja de hecho de la persona trabajadora. Tampoco podrán participar en el sorteo aquellas personas que hayan tenido algún tipo de vinculación en la organización del sorteo.
SINGULARU podrá comprobar el cumplimiento de estos requisitos antes de entregar a la persona afortunada el premio descrito a continuación.
TERCERA. Descripción del premio:
SINGULARU sortea un total de 3 (TRES) experiencias PINK ROOM para 2 personas para el sábado 04 de octubre a las 20:00 en Hermético Rooms Calle de Sta Engracia, 15, Chamberí, 28010 Madrid.
Durante el periodo descrito en la estipulación segunda, las personas que quieran participar en el sorteo deberán:
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Seguir la cuenta de Instagram del organizador @Singularu
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Dar like a la publicación objeto de sorteo.
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Mencionar a un amigo en el post en comentarios
Finalizado el plazo establecido en la estipulación segunda, se llevará a cabo el sorteo mediante la aplicación APP Sorteos.
La participación en el sorteo implica que la persona participante acepta que su perfil de Instagram sea utilizado para comunicar públicamente el resultado del sorteo.
SINGULARU contactará con las personas afortunadas del sorteo mediante mensaje privado en la red social Instagram a efectos de continuar con el proceso de entrega del premio.
En caso de rechazo y/o no contestar de forma expresa en el plazo de dos días hábiles se entenderá rechazado el premio y SINGULARU podrá disponer del mismo de la forma que considere.
Para la recepción la experiencia sorteada será necesario que la persona afortunada facilite sus datos personales, así como un correo electrónico para que SINGULARU pueda remitirle las instrucciones participación de la misma. Será necesario que la persona afortunada firme el documento de aceptación del premio de forma previa a su entrega.
CUARTA. Política de protección de datos de carácter personal:
En cumplimiento de lo previsto en la normativa de protección de datos, le informamos que Singularu Ideas a Medida, S.L., tratará sus datos personales para la gestión y entrega del premio y en su caso, hacer publicidad de las personas ganadoras de la misma en las redes sociales de SINGULARU, compartiendo el perfil de la red social donde se encuentra publicado el sorteo.
El plazo de conservación será el necesario para la entrega del premio y, en su caso, cumplimiento obligaciones tributarias. En todo momento podrá ejercitar sus derechos en materia de protección de datos dirigiéndose a la siguiente dirección postal: Calle Colón nº 20 pta. 14 46004 Valencia, o mediante el correo electrónico: hola@singularu.com
También podrá acudir a la Agencia Española de Protección de Datos a través del siguiente enlace: www.aepd.es.
QUINTA. - Reserva de derechos:
SINGULARU como entidad organizadora de este sorteo se reserva el derecho a efectuar cualquier cambio de estas Bases Legales, si concurriere justa causa, así como suspender o a ampliar el plazo de duración, en el momento en que lo considere oportuno por causa justa, siempre haciendo públicos dichos cambios con la misma publicidad que se le dé a las presentes Bases Legales.
SEXTA. Ley y Jurisdicción competente:
La interpretación y cumplimiento de las presentes bases se regirá por la legislación española, siendo competentes los juzgados y tribunales del domicilio del consumidor.
Valencia, 1 de octubre de 2025